Nuevo capítulo en la odisea judicial sobre las indemnizaciones que deben recibir los interinos cuando se extingue su contrato. El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha pedido al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que clarifique su fallo del 14 septiembre de 2016 respecto a estos trabajadores (en España hay 562.000 asalariados con contrato de interinidad, según la última Encuesta de Población Activa. De ellos, 304.000 trabajan en el sector público (un 54%) y 257.100, en el sector público).
Es decir, que aclaren si la indemnización que deben recibir debe ser de 12 días por año trabajado como perciben actualmente los trabajadores temporales cuando finaliza su contrato o, por el contrario, de 20 días por año como sucede en el caso de los despidos por causas objetivas, ya sea en contratos indefinidos o de duración determinada.
La sentencia del alto tribunal de europeo dio lugar a mil y una interpretaciones, por eso ahora el Supremo le pide que clarifique su fallo y que lo haga mediante «un procedimiento acelerado» para que reciba un «tratamiento prioritario», teniendo en cuenta la gran cantidad de trabajadores afectados y la «evidente seguridad jurídica» que esta situación comporta.
La legislación actual no contempla ninguna indemnización para los asalariados con contrato de interinidad (aquellos que cubren la ausencia total o parcial de otro trabajador) cuando concluye su contrato, pero sí para aquellos con contratos temporales que no son de interinidad (de 12 días por año).
De hecho, los interinos sólo son indemnizados si son despedidos por causas objetivas (22 días por año trabajado) o si el despido es improcedente (33 días por año de servicio).
A la espera de que se resuelva el frente judicial, el Gobierno ya recibió el pasado mes de febrero el informe del grupo de expertos nombrado por el Ejecutivo, los sindicatos CCOO y UGT y la patronal CEOE y Cepyme con su análisis sobre la sentencia del TJUE.
Los ‘sabios’ coincidieron en la necesidad de llevar a cabo una «revisión profunda» del contrato de interinidad para mejorar su regulación y que tengan al menos una indemnización por finalización de contrato de al menos 12 días por año trabajado, como la que tienen los temporales.
Fuente: Elmundo.es