El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha acordado anular la resolución de 5 de diciembre de 2014 de la Junta de Castilla y León mediante la que cual se convocaba concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo reservados al Personal Funcionario de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2 pertenecientes a los Cuerpos Superior, de Gestión, Administrativo y Auxiliar y de otros Cuerpos y Escalas de la Administración especial en el ámbito de la Administración General de la Comunidad y de sus Organismos Autónomos.
La razón de la sentencia es que, como principio general, la Administración se encuentra obligada a convocar todos los puestos de trabajo vacantes. La excepción a dicho principio general de convocatoria solo puede ser válida si se justifican motivadamente las causas por las que no se procede, dentro de lo que constituya el ámbito de la convocatoria, a la no provisión de determinados puestos. Y el tribunal considera que ese supuesto no se ha dado en esta ocasión
No obstante la declaración de nulidad de la convocatoria, se ha efectuado con carácter parcial, manteniendo los actos de provisión ya realizados en ejecución de aquella para evitar los perjuicios que derivarían de no respetar situaciones ya consolidadas, lo que obliga a la Administración a la provisión de los puestos no convocados, siguiendo los criterios establecidos en la propia sentencia.
Fuente: elnortedecastilla.es