La Ley 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras prevé en su Disposición Transitoria Octava:
«Disposición transitoria octava. Régimen de temporalidad de las medidas incluidas en los Capítulos I, II y III del Título IV de la presente ley. Las medidas contempladas en los Capítulos I, II y III del Título IV de la presente ley, tendrán carácter temporal y mantendrán su vigencia hasta que el crecimiento económico supere el 2,5 % del Producto Interior Bruto Interanual de Castilla y León».
La propia Consejería de Hacienda avala el dato de crecimiento económico, que cifra en un 2,6%:
Dando por bueno el planteamiento de los voceros gubernamentales de que la situación económica está mejorando es el momento de denunciar el convenio colectivo vigente, abrir la negociación y exigir la restauración de los derechos sustraidos.
Desde STACYL hacemos un llamamiento a todos los sindicatos a hacer un frente común ante esta nueva situación que se nos abre.