Desde STACYL consideramos que el personal empleado público al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León debe ser conocedor de esta nueva vuelta de tuerca en ADE y por ello os traemos el comunicado, que respecto a esta cuestión, han elaborado las y los compañeros de PLADEPU, a los que agradecemos su colaboración:
«El nuevo convenio del personal laboral de Valladolid de la Agencia de Innovación, Financiación e Internacionalización Empresarial de Castilla y León (ADE) publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el pasado sábado 13 de agosto, permitirá a empleados sin titulación universitaria y sin grado medio equipararse a otros empleados públicos que sí disponen de dichas titulaciones y que además han llegado a su plaza por oposición.
La Consejería de Economía y Hacienda, de la que depende el ente 100% público, consigue finalmente con este paso dar legalidad a que determinados trabajadores privados sin titulación académica -que procedían de una sociedad anónima- sean asimilados a laborales de grupo 1 y grupo 2 sin haber aprobado oposición. Además de asumir con dinero público la deuda de esa sociedad anónima, que asciende a 400 millones de €. Estos trabajadores procedían de ADE Financiación, EXCAL y ADE Parques.
Ésta es una nueva vuelta de tuerca en el total descaro del ADE y sus chantajes para meter con calzador en la Administración General a personal de la administración «B» paralela que no ha superado ningún proceso selectivo de los exigidos en Función Pública para el personal funcionario o laboral. Y no va a quedar sin respuesta por la Plataforma en Defensa de lo Público (PLADEPU), como las anteriores denuncias sobre el ADE recopiladas en www.pladepu.org: Subidas de sueldo en el ADE a cambio de «tragar con los enchufados», Continúan las bufandas en la administración paralela, Concesión arbitraria de gratificaciones y días de vacaciones en la administración paralela, Homologación sin oposición a personal privado procedente de ADE Financiación, EXCAL y ADE Parques, etc.
Según la Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, en el articulo 41 menciona que el personal de la plantilla debe respetar los principios de acceso a la Función Pública.
En el tercer párrafo del Convenio se explica que todos los procesos de subrogación e integración de varias entidades de distinta naturaleza jurídica en el ADE, han supuesto una “sucesión de empresa conforme a lo previsto en el art. 44 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que en su apartado 4 dispone que «las relaciones laborales de los trabajadores afectados por la sucesión seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma transferida. Esta aplicación se mantendrá hasta la fecha de expiración del convenio colectivo de origen o hasta la entrada en vigor de otro convenio colectivo nuevo que resulte aplicable a la entidad económica transmitida».”.
Parece que los intentos por llevar a cabo una transición de los diversos regímenes jurídicos del personal subrogado dentro de la nueva entidad, se han estado negociando desde el 2013 o antes, y el objetivo final aprobado por los sindicatos CC.OO. y CSI-F representados, es una posible integración dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León. En el párrafo quinto del convenio así se expresa: “Sin renunciar en el futuro a dicho objetivo, subsidiariamente, y de manera mayoritaria, han expuesto su voluntad de adherirse al «Convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta» actualmente vigente, al amparo de lo previsto en el artículo 92.1 de la Ley del Estatuto de los trabajadores”.
Como legalmente no se pueden adherir a dicho convenio, aprueban uno similar, “los representantes unitarios de los trabajadores y la Dirección de la ADE convienen en suscribir el presente Convenio Colectivo, tomando como texto de referencia las condiciones laborales convenidas para el personal laboral al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León”.
Y aquí viene en el artículo 5, apartado 2 del mismo, lo más vergonzante: “Para los trabajadores que vinieran rigiéndose por el «Convenio Colectivo del sector de Oficinas y Despachos de la provincia de Valladolid» se aplicarán unas equivalencias, atendiendo a la clasificación profesional que ostentaba el trabajador según dicho Convenio:”.
Situación de partida | Situación prevista |
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Nivel I Titulado Superior | Titulado Superior |
Nivel I Titulado Superior | Asimilado a Titulado Superior, si carece del correspondiente título académico superio |
Nivel II Titulado Medio | Titulado de Grado Medio |
Nivel II Titulado Medio | Asimilado a Titulado de Grado Medio, si carece del correspondiente título académico de grado medio |
Nivel IV Jefe de Segunda | Titulado de Grado Medio |
Nivel IV Jefe de Segunda | Asimilado a Titulado de Grado Medio, si carece del correspondiente título académico de grado medio |
Nivel V Oficial administrativo | Administrativo |
Nivel VI Oficial de segunda administrativo | Administrativo |
Nivel VII Oficial de primera de oficios varios | Oficial 1ª Conductor |
Nivel XI Auxiliar administrativo | Auxiliar administrativo |
Es decir, tanto para el Nivel I “Titulado Superior”, como Nivel II “Titulado Medio” o Nivel IV “Jefe de Segunda”, serán asimilados a Titulado Superior en el primer caso, y a Titulado de Grado Medio en los otros dos, incluso si carecen del correspondiente título académico.
De momento Función Pública no se ha manifestado, su silencio es cómplice de los representantes de CC.OO y CSI-F que nos han puesto a los pies de los caballos al personal de la Junta de CyL (tanto funcionario como laboral o estatutario) quienes hemos aprobado unas oposiciones o exámenes garantes de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Una vez mas se ríen de nosotr@s, y se puede llegar a dar la circunstancia de que este personal colado por la puerta de atrás podría ser nuestro futuro jefe u ocupar plazas de concurso en igualdad de condiciones con personal que sí ha superado unas pruebas y ha demostrado su independencia del poder político. Los representantes de UGT, el otro sindicado con representación en el comité de empresa, se oponen a este convenio.
Firmas del documento original |
Firman el convenio: Jose Mª Ribot (ADE), Raquel Lorenzo (CCOO), Alfonso Fernández (CCOO), Mercedes Vicente (CCOO), Jorge Juan Sáiz (CSIF), Victoria Conde (CSIF) y Argimiro Noriega (UGT).
Noticias de El Norte de Castilla: Personal de ADE asumirá puestos de licenciado sin título ni oposiciones, El convenio laboral de ADE llegará a las Cortes y Empleados de ADE impugnan el convenio que equipara personal a dedo sin titulación universitaria.