Stacyl-i
  • Secciones
    • Bolsas Trabajo
    • Calendarios
    • Comunicados
    • Concurso de traslados
    • Opinión
    • Retribuciones
    • Vídeos
    • Prensa
  • Info. Laborales
    • Información General Laborales
    • Convenios
  • Info. Funcionarios
    • Info Oposiciones Funcionarios
    • Información General Funcionarios
    • E.B.E.B
  • Revistas
    • E.H.
    • Clarión
    • Informa
  • STAS
    • ANDALUCIA
    • ILLES BALEARS
    • CASTILLA LA MANCHA
    • MADRID
    • REGIÓN MURCIANA
    • CATALUÑA
    • VALENCIA
    • INTERSINDICAL
  • STECyL-i
  • S.F.
Prensa

El sistema de bajas cambia así que mucho ojo si te pones enfermo a partir de hoy

por valladolid 1 diciembre, 2015
1 diciembre, 2015
37

Este martes 1 de diciembre entra en vigor el reglamento que regula el nuevo sistema de bajas y altas médicas de los trabajadores. En 10 puntos detallamos las claves de este nuevo modelo.

1. ¿Qué NOVEDADES incluyen los partes de baja?

 

Una de las principales novedades de este nuevo sistema es que los médicos que den la baja a un trabajador deberán detallar en el mismo parte de baja la duración estimada del proceso.

 

2. ¿Qué TIPO de bajas puede haber?

 

Las bajas se clasificarán en función de su duración. Esta podrá ser ‘muy corta’, si es inferior a cinco días naturales; ‘corta’:de 5 a 30 días naturales; ‘media’, si es de 31 a 61 días y ‘larga’ si se espera que esté de baja más de 61 días.

 

3. ¿Cómo DETERMINARÁN los facultativos la DURACIÓN estimada del proceso de baja?

 

Los facultativos podrán usar como referencia las tablas de duración óptima de la baja de distintas patologías que se han ido elaborando con las estadísticas y los estudios de los últimos años. Si bien, “la previsión inicial de la baja podrá ser actualizada en cualquier momento en función de cómo evolucione la salud del trabajador”, explican desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

 

4. ¿El trabajador debe seguir yendo a por EL ALTA?

 

En el caso de las bajas de duración ‘muy corta’ ya no. Así, otra de las novedades del nuevo modelo es que en las bajas de menos de cinco días naturales, el falcultativo podrá emitir la baja y el alta del trabajador e un mismo acto médico, con lo que éste ya no tendrá que ir a por el parte que le autoriza a volver al trabajo.

 

5. ¿Cuándo habrá que acudir a la PRIMERA REVISIÓN de la baja por incapacidad temporal?

 

En el resto de los casos de bajas cuya duración supere los cinco días, en el parte de baja siempre deberá figurar la fecha de la siguiente revisión. En este caso también habrá una novedad porque la primera visita al médico deberá ser al séptimo día de la emisión de la baja para los casos de duraciones ‘cortas’ y ‘medias’; y al día 14 para las bajas ‘largas’.

 

6. ¿Quién lleva EL CONTROL de las bajas de mayor duración?

 

Cuando la duración de la enfermedad vaya más allá de los 365 días, el control ya no lo llevarán a cabo los servicios regionales de salud, sino el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

 

7. ¿En qué PLAZOS deberá presentar el trabajador los partes de baja y de alta?

 

El trabajador deberá presentar a su empresa la copia de los partes de baja y los sucesivos partes de confirmación en los tres días siguientes a su expedición. Y deberá comunicar el alta a su centro de trabajo en las siguientes 24 horas de recibirla.

 

8. ¿Cómo debe actuar LA EMPRESA cuando recibe un parte de baja de un trabajador?

 

La nueva normativa detalla todos los datos que deberá facilitar la empresa junto a los partes de baja, confirmación o alta que presente el trabajador.

 

En concreto, la compañía deberá comunicar al INSS los datos de cotización del trabajador para determinar la base reguladora de la prestación económica que le corresponda; la clave del código nacional de ocupación, de la provincia del centro de salud que ha emitido el parte; y los datos identificativos del proceso médico y de la empresa a través del sistema electrónico de la Seguridad Social.

 

9. ¿PUEDEN LAS MUTUAS de la Seguridad Social dar el alta a un trabajador que esté de baja por enferemedad común?

 

No. Las mutuas solo podrán seguir dando altas si la baja está provocada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Pero sí podrán seguir «solicitando» el alta de un trabajador que está de baja por enfermedad común a la Inspección Médica del Servicio Público de Salud.

 

10. ¿Qué ocurre una vez que LA MUTUA HAYA SOLICITADO EL ALTA del trabajador?

 

Si la Inspección no contesta a la solicitud de alta de la mutua en un plazo de cinco días, o si el Servicio Público de Salud de la comunidad autónoma deniega el alta, la mutua podrá solicitar dicha alta al INSS directamente. Los facultativos de este organismo estatal deberán constestar en un plazo de cuatro días.

Fuente:tribunavalladolid.com

Comparte:
0 comentarios
Anterior post
Valladolid exige sentido de la responsabilidad para garantizar un futuro sostenible
siguiente post
Resolución definitiva concurso de traslados personal laboral fijo-discontinuo en prevención y extinción de incendios forestales

También te puede interesar...

STACyL denuncia recortes de plantillas de funcionarios que...

El acuerdo de pensiones retrasa la jubilación parcial...

Exigen más personal administrativo en centros y Dirección...

El Gobierno lanza un programa de becas para...

Los funcionarios cobrarán la paga extra adicional en...

Portugal se plantea una semana laboral de cuatro...

STACyL CALENDARIO WEB 2025

STACYL-CALENDARIO-WEB-2025
Afiliacion-2025

Un Modelo Sindical Diferente

Modelo Sindical Diferente
Modelo-Sindical-Diferente-02

Concesiones

Concesiones

Listado noticias

  • POR EL FUTURO DEL PUEBLO PALESTINO. CONTRA EL GENOCIDIO. POR LOS DERECHOS HUMANOS. HUELGA GENERAL Y PAROS PARCIALES EL 15 DE OCTUBRE. 14 octubre, 2025
  • STACYL CONVOCA PAROS Y HUELGA CONTRA EL GENOCIDIO EN GAZA EL 15 DE OCTUBRE 8 octubre, 2025
  • PORTAL PERSONAL DEL EMPLEADO 8 octubre, 2025
  • Día Mundial por el Trabajo Decente 7 octubre, 2025
  • Sigue el timo de la jubilación parcial sin solución, pero dan señales… 2 octubre, 2025
  • CARRERA PROFESIONAL: Listado definitivo reconocimientos categoría profesional I 26 septiembre, 2025
  • Se amplían los permisos de nacimiento, maternidad, paternidad y cuidado de menor 10 septiembre, 2025
  • Concentración viernes 29 agosto frente Cortes CyL: MALA GESTIÓN. ¡QUIÑONES DIMISIÓN! 28 agosto, 2025
  • Resolución definitiva concurso de traslados personal laboral (AGOSTO) 21 agosto, 2025
  • Contra el fuego de la inacción: ¡ Prevención y medios YA! 18 agosto, 2025
  • Instrucción Dirección General Función Pública sobre cese personal temporal 13 agosto, 2025
  • ESTABILIZACIÓN PERSONAL FUNCIONARIO: Corrección de errores y Relaciones de aspirantes que superan procesos selectivos y ofertas de plazas 13 agosto, 2025
  • Novedades Permisos Conciliación de la vida familiar y de la vida profesional 30 julio, 2025
  • Resolución provisional concurso de traslados personal laboral (AGOSTO) 28 julio, 2025
  • ESTABILIZACIÓN PERSONAL LABORAL: Relaciones de aspirantes que superan procesos selectivos y oferta de plazas: Titulado Superior (sin especialidad), Cocinero (fijo-discontinuo), ATE y Escucha de Incendios (fijo-discontinuo) 24 julio, 2025
  • OEP 2025 AGE 17 julio, 2025
  • Retribuciones personal Junta con el 0,5% 17 julio, 2025
  • ESTABILIZACIÓN PERSONAL LABORAL: Correcciones de Errores y Relaciones de aspirantes que superan procesos selectivos y ofertas de plazas 17 julio, 2025
  • Nos venden por cuatro migajas 2 julio, 2025
  • STACyL denuncia recortes de plantillas de funcionarios que repercuten en centros educativos 23 junio, 2025
Clarion 44
  • Bluesky
  • Email
  • Rss
  • Threads
Footer Logo

Acceso

Esta página usa cookies para mejorar tu experiencia. Asumimos que estas de acuerdo, pero si quieres descativarlas, revisa la politica de cookies. Aceptar Settings
Política de Cookies

Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Necesarias
Siempre activado
Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.
No necesarias
Las cookies que pueden no ser particularmente necesarias para el funcionamiento del sitio web y se utilizan específicamente para recopilar datos personales del usuario a través de análisis, anuncios y otros contenidos incrustados se denominan cookies no necesarias. Es obligatorio obtener el consentimiento del usuario antes de ejecutar estas cookies en su sitio web.
GUARDAR Y ACEPTAR
Stacyl-i
  • Secciones
    • Bolsas Trabajo
    • Calendarios
    • Comunicados
    • Concurso de traslados
    • Opinión
    • Retribuciones
    • Vídeos
    • Prensa
  • Info. Laborales
    • Información General Laborales
    • Convenios
  • Info. Funcionarios
    • Info Oposiciones Funcionarios
    • Información General Funcionarios
    • E.B.E.B
  • Revistas
    • E.H.
    • Clarión
    • Informa
  • STAS
    • ANDALUCIA
    • ILLES BALEARS
    • CASTILLA LA MANCHA
    • MADRID
    • REGIÓN MURCIANA
    • CATALUÑA
    • VALENCIA
    • INTERSINDICAL
  • STECyL-i
  • S.F.