Hoy, 30 de julio de 2025, se ha publicado en el BOE el Real Decreto-Ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, que modifica los permisos por nacimiento que hasta ahora estaban en vigor.
Según este Decreto-Ley el permiso por nacimiento y cuidado se amplía, de 16 a 19 semanas.
Este permiso es igual tanto para la persona gestante como para el progenitor diferente a la persona gestante y se distribuye de la siguiente manera.
Seis semanas, obligatoriamente, ininterrumpidas e inmediatamente posteriores al parto y que habrá que disfrutar a jornada completa.
Once semanas, veintidós en caso de monomarentalidad o monoparentalidad, que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en periodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. No obstante, la persona gestante podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto.
Dos semanas, cuatro en el caso de monomarentalidad o monoparentalidad, para el cuidado de el o la menor que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo o la hija cumpla los ocho años.
En los supuestos de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento, los permisos serán los mismos tomándose como fecha de referencia la fecha de la decisión administrativa o judicial.
Este Decreto Ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, por lo tanto, estos permisos serán aplicables para los padres y madres que tengan un bebé, o adopten o acojan a un niño o niña, a partir del día 31 de julio de 2025. No obstante, las dos semanas de permiso retribuido para el cuidado del hijo o la hija menor de 8 años será aplicable para los niños o niñas nacidos a partir de agosto de 2024.
JEFATURA DEL ESTADO
Conciliación de la vida familiar y de la vida profesional
- Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.